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Perito Judicial · Contrainforme Pericial · Córdoba

Contrainforme Pericial en Córdoba

El contrainforme pericial es el informe que elabora un perito independiente para revisar, analizar y rebatir técnicamente el informe aportado por la parte contraria en un procedimiento judicial. Es un derecho reconocido por la Ley de Enjuiciamiento Civil y la Ley de Enjuiciamiento Criminal. Cubrimos todos los ámbitos: familiar, civil, penal y laboral. Psicológico y médico.

Familiar · Civil · Penal · Laboral · Psicológico y médico · Presencial Córdoba · Online toda España

4
Ámbitos cubiertos
2
Psicológico y médico
Plazos ajustados
🏛️
Ratificación en juicio

¿Qué es un contrainforme pericial y cuándo lo necesitas?

El contrainforme pericial es un informe pericial de parte elaborado por un perito independiente cuyo objeto es revisar, analizar y rebatir técnicamente el informe aportado por la parte contraria en un procedimiento judicial. No es simplemente una opinión contraria: es un análisis metodológico riguroso que identifica los errores, sesgos, omisiones y deficiencias técnicas del informe impugnado y propone conclusiones alternativas fundamentadas.

Desde el punto de vista legal, el contrainforme tiene el mismo valor probatorio que el informe original. El artículo 337 de la Ley de Enjuiciamiento Civil (LEC) reconoce el derecho de cada parte a aportar su propio perito, y el artículo 347 permite al perito ser interrogado en el juicio para defender su informe y rebatir el del perito contrario. La Ley de Enjuiciamiento Criminal (LECrim) establece los mismos derechos en el proceso penal.

La diferencia entre un informe de parte y un contrainforme es su objeto: el informe de parte evalúa directamente a una persona o analiza un hecho; el contrainforme evalúa el informe elaborado por otro perito. En la práctica, muchos contrainformes incluyen también una evaluación independiente de la persona evaluada por el perito contrario, lo que refuerza considerablemente la solidez de las conclusiones.

¿Cuándo es necesario actuar? En cuanto tengas acceso al informe de la parte contraria. Los plazos procesales para proponer prueba pericial son estrictos tanto en la LEC como en la LECrim. Si esperas demasiado, puede ser tarde para aportar el contrainforme dentro del procedimiento.

¿Cuándo necesitas un contrainforme?

  • La parte contraria ha aportado un informe psicológico o médico que perjudica tu posición
  • El informe contrario contiene conclusiones que consideras incorrectas o sesgadas
  • El perito de la otra parte utilizó una metodología cuestionable o pruebas inadecuadas
  • Las conclusiones del informe contrario no se desprenden razonablemente de los resultados
  • El informe contrario omite información relevante o no evalúa aspectos importantes del caso
  • Necesitas acreditar ante el juez que el informe de la otra parte no cumple los estándares científicos

El contrainforme es eficaz porque los jueces no son expertos en psicología ni en medicina: necesitan que un perito de la parte afectada les explique, con rigor técnico, por qué el informe contrario no es de confianza. Un contrainforme bien elaborado puede cambiar completamente la valoración que el juez hace de la prueba pericial.

Contrainformes por ámbito

Elaboramos contrainformes periciales en los cuatro ámbitos del derecho donde la prueba pericial es más determinante.

F

Contrainforme Familiar

En los procesos de custodia, régimen de visitas y separación, el progenitor contrario puede aportar un informe psicológico o médico que concluya en tu perjuicio. El contrainforme de custodia revisa la metodología del informe impugnado, identifica sus sesgos y elabora conclusiones alternativas sobre las capacidades parentales y el interés del menor. También elaboramos contrainformes médicos cuando el otro progenitor aporta informes sobre el estado físico del menor que consideramos incorrectos.

Solicitar contrainforme familiar
C

Contrainforme Civil

Las aseguradoras disponen de peritos propios cuyo objetivo es minimizar la indemnización. El contrainforme civil es la respuesta técnica al perito de la aseguradora: demuestra que las lesiones son más graves, las secuelas más incapacitantes o el daño moral más elevado de lo que la aseguradora reconoce. Es igualmente útil en procedimientos de negligencia médica, responsabilidad civil y cualquier litigio civil con pericia médica o psicológica de la parte contraria.

Solicitar contrainforme civil
P

Contrainforme Penal

En el proceso penal, la fiscalía o la acusación particular pueden aportar informes psicológicos sobre la víctima o sobre el acusado que perjudican a la defensa. El contrainforme penal permite a la defensa rebatir técnicamente el informe de la acusación: analiza su metodología, identifica sus debilidades y elabora conclusiones alternativas sobre la imputabilidad, la credibilidad del testimonio, la peligrosidad o las secuelas. También es posible elaborar un contrainforme para la acusación cuando el informe de la defensa es técnicamente cuestionable.

Solicitar contrainforme penal
L

Contrainforme Laboral

Las mutuas colaboradoras y las empresas tienen interés en minimizar las secuelas del trabajador y en negar la contingencia profesional. Sus informes médicos y psicológicos responden a criterios económicos. El contrainforme laboral revisa el informe de la mutua o del INSS, demuestra sus deficiencias técnicas y aporta una valoración independiente que refleja el daño real del trabajador. Es determinante en procedimientos de incapacidad permanente, accidentes de trabajo y enfermedades profesionales.

Solicitar contrainforme laboral

¿Contrainforme psicológico o médico?

El tipo de contrainforme depende del tipo de informe que se quiere impugnar y del objeto del procedimiento.

Contrainforme psicológico

Se necesita cuando el informe impugnado es un informe psicológico elaborado por un psicólogo perito. El contrainforme psicológico analiza las pruebas psicométricas utilizadas, el protocolo de evaluación, la validez de las conclusiones y los posibles sesgos del evaluador.

Es el más habitual en procedimientos de custodia, violencia de género, credibilidad del testimonio, imputabilidad, secuelas psicológicas y acoso laboral.

  • Impugnar informe de guarda y custodia
  • Rebatir informe de credibilidad del testimonio
  • Contradecir conclusiones sobre imputabilidad
  • Cuestionar valoración de secuelas psicológicas
  • Rebatir informe de acoso laboral de la empresa

Contrainforme médico

Se necesita cuando el informe impugnado es un informe médico elaborado por un médico perito. El contrainforme médico analiza la exploración clínica realizada, las pruebas diagnósticas utilizadas, la valoración de las lesiones y secuelas, y la correcta aplicación del baremo legal.

Es el más habitual en procedimientos de accidentes de tráfico, lesiones personales, accidentes de trabajo, negligencia médica e incapacidad permanente por secuelas físicas.

  • Rebatir informe del perito de la aseguradora
  • Impugnar valoración de secuelas de la mutua
  • Contradecir dictamen médico del INSS
  • Cuestionar nexo causal negado por la aseguradora
  • Rebatir informe de lesiones en proceso familiar

En muchos casos se necesitan ambos: por ejemplo, en un accidente de tráfico grave puede ser necesario un contrainforme médico (para las lesiones físicas) y un contrainforme psicológico (para las secuelas psicológicas como el TEPT). En un proceso de custodia puede ser necesario un contrainforme psicológico (sobre las capacidades parentales) y un contrainforme médico (sobre el estado físico del menor). Consúltenos y analizamos qué tipo o tipos de contrainforme son necesarios en su caso.

Proceso de elaboración del contrainforme

Un proceso claro, rápido y orientado al resultado procesal que necesitas.

1
Consulta urgente — análisis del caso
Nos envías el informe que quieres impugnar y los documentos del caso. Analizamos si el informe es rebatible, en qué aspectos y en qué plazo podemos tener el contrainforme listo para los plazos procesales.
2
Revisión del informe impugnado
Lectura crítica y análisis metodológico del informe: pruebas utilizadas, protocolo de evaluación, resultados, conclusiones y coherencia interna. Identificamos errores, sesgos, omisiones y debilidades técnicas.
3
Evaluación independiente (cuando procede)
Si es posible y necesario, realizamos una evaluación psicológica o médica independiente de la persona evaluada por el perito contrario. Esto refuerza el contrainforme porque aporta datos propios además del análisis crítico del informe impugnado.
4
Elaboración del contrainforme
Redacción del contrainforme pericial con análisis metodológico del informe impugnado, identificación de sus deficiencias, y conclusiones propias fundamentadas. El documento está redactado para ser comprendido por el juez y para ser defendido en el juicio oral.
5
Ratificación en juicio
El perito comparece en el juicio, ratifica el contrainforme, replica al perito contrario y responde al contrainterrogatorio de la parte contraria. La experiencia en juicio es fundamental para que el contrainforme tenga el impacto que debe tener.

Preguntas frecuentes — contrainforme pericial

¿Cuánto tiempo tengo para aportar un contrainforme?+
Depende del tipo de procedimiento y de la fase en la que se encuentre. En procedimientos civiles (LEC), la prueba pericial debe proponerse en la demanda o en la contestación, aunque es posible aportar informes complementarios hasta el acto del juicio si se justifica debidamente. En procedimientos penales (LECrim), los plazos son más estrictos y varían según la fase procesal. En cualquier caso, cuanto antes actúes, mejor. Consúltanos en cuanto tengas acceso al informe de la parte contraria para valorar los plazos reales de tu caso.
¿El contrainforme tiene la misma validez que el informe original?+
Sí. El contrainforme es un informe pericial de parte con la misma validez probatoria que el informe original. El artículo 335 y siguientes de la LEC equiparan los informes de ambas partes. El juez está obligado a valorar todos los informes periciales aportados y debe motivar en su sentencia por qué otorga mayor credibilidad a uno u otro. Un contrainforme metodológicamente sólido, defendido con solvencia en juicio, puede ser más persuasivo que el informe original.
¿Qué pasa si ambas partes tienen peritos con conclusiones opuestas?+
Es la situación habitual cuando ambas partes aportan peritos. El juez cita a ambos peritos para que comparezcan en el juicio, ratifiquen sus informes y debatan sus conclusiones. En este debate el juez evalúa la solidez metodológica de cada informe, la capacidad del perito para defender sus conclusiones y la coherencia de sus argumentos. La calidad técnica del informe y la experiencia del perito en el juicio oral son decisivas para que el juez se decante por uno u otro. Nuestros peritos tienen amplia experiencia en este tipo de comparecencias.
¿Puede el juez ignorar el contrainforme?+
El juez puede valorar los informes periciales con libertad (principio de libre valoración de la prueba), pero no puede ignorarlos: está obligado a motivar en la sentencia por qué da mayor o menor credibilidad a cada informe. Si el contrainforme está bien elaborado y el perito lo defiende con solidez en el juicio, el juez tendrá que explicar en la sentencia por qué lo descarta o por qué lo prefiere. Una sentencia que no motiva adecuadamente la valoración de la prueba pericial puede ser recurrida en apelación.
¿Cuánto cuesta un contrainforme?+
El coste depende de la complejidad del informe impugnado, del ámbito (familiar, civil, penal o laboral), de si es necesario realizar una evaluación independiente de la persona evaluada o si el contrainforme se elabora exclusivamente a partir del análisis del informe contrario, y de los plazos requeridos. Facilítenos el informe y los datos del caso y le damos un presupuesto detallado en la consulta inicial, sin compromiso.
¿Es lo mismo un contrainforme que una pericia contradictoria?+
Son términos que se usan de forma intercambiable en la práctica forense española. Técnicamente, la "pericia contradictoria" es el mecanismo por el que ambos peritos debaten sus conclusiones en el juicio; el "contrainforme" es el documento escrito que elabora el perito de la parte para rebatir el informe contrario. En la práctica, cuando hablamos de contrainforme nos referimos tanto al documento escrito como a la comparecencia del perito en juicio para defenderlo frente al perito contrario.
¿Se puede hacer un contrainforme sin haber visto al evaluado?+
Sí. El contrainforme puede elaborarse exclusivamente a partir del análisis crítico del informe impugnado, sin necesidad de evaluar directamente a la persona. Este tipo de contrainforme es válido procesalmente y puede ser muy efectivo si el informe impugnado tiene deficiencias metodológicas claras. No obstante, cuando es posible realizar una evaluación independiente de la persona, el contrainforme es más sólido porque aporta datos propios además del análisis crítico. Valoramos caso por caso qué opción es más adecuada y más viable procesalmente.
¿Qué información necesito aportarte para empezar?+
Lo más importante es el informe pericial que quieres impugnar. Además, es útil contar con: el tipo de procedimiento y la fase en que se encuentra, la documentación clínica o judicial relevante, y los plazos procesales que tienes para aportar el contrainforme. Con esa información podemos valorar si el informe es rebatible, en qué aspectos y en qué plazo podemos elaborar el contrainforme. La consulta inicial es confidencial y sin compromiso.

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